“No tiene sentido que exista un proceso de evaluación ambiental, donde se aprueban proyectos en base a ciertos parámetros y condiciones fijadas para su ejecución, para que después estos mismos soliciten al SEA la modificación unilateral de los valores de esos parámetros mediante un recurso de aclaración, que solo está destinado a corregir errores formales y evidentes de los actos administrativos. Esto es más grave aún en el caso concreto en que previamente la SMA había detectado un incumplimiento respecto de las emisiones de MPS de Mina Invierno ”, señaló Diego Lillo.
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