Vecinos de San Fabián presentan denuncia ante SMA por incumplimientos en construcción de Central Ñuble

Para interponer una denuncia en

contra de Enerplus S.A, empresa a cargo de la construcción de la Central Hidroeléctrica Ñuble, llegaron hasta las oficinas de la Superintendencia de Medio Ambiente en Santiago, representantes de la localidad de San Fabián en la XIII región y el abogado de la Corporación FIMA, Diego Lillo.

La denuncia es por incumplimiento de las medidas de compensación que la empresa comprometió para la aprobación de su proyecto, y que, habiendo transcurrido más de 5 años desde la dictación de dicha resolución y existiendo actualmente trabajos destinados a la instalación de la Central Ñuble de Pasada, existen una serie de medidas de mitigación y compensación que aún no se han cumplido, no obstante los plazos que señala la RCA que las establece.

Además, con esta acción, la autoridad deberá revisar completamente la Resolución de Calificación Ambiental que dio luz verde para la construcción de esta central de pasada ubicada en las Comunas de San Fabián de Alico y Coihueco.

“La Resolución de Calificación Ambiental como instrumento no solo autoriza al titular a desarrollar su proyecto, sino que le establece un marco obligatorio de compromisos y medidas que debe cumplir para hacerlo. Permitir que Enerplus construya su Central en virtud de la misma RCA que ha incumplido sistemáticamente, es desnaturalizar completamente el instrumento”, explicó Diego Lillo, Abogado de la Corporación FIMA.

Entre los incumplimientos que los vecinos reclaman, se encuentran el nulo fomento a la actividad turística, el cual incluía: 1. Realizar un estudio de mercado y 2. Asistencia técnica en nuevos productos y estrategias de comercialización. Esto con el plazo de 1 año desde la aprobación del proyecto, los cuales no se han realizado. Después de estas acciones, correspondía la realización de otras destinadas a fortalecer el turismo y que tenía un plazo de 3 años para su ejecución, sin embargo, al no realizarse las primeras, difícilmente, podrán llevarse a cabo las siguientes. Estos son sólo algunos puntos de las múltiples faltas en que la empresa ha incurrido y que tiene a los vecinos muy alertas, ya que la construcción de la presa es inminente, y ellos se quedarán sin una fuente de sustento como la que tenían con el río.

“Nosotros nunca quisimos que nos instalaran una central hidroeléctrica en nuestra comuna, sin embargo la autoridad otorgó los permisos y ahora no podemos impugnar dicha autorización, pero pedimos que por lo menos, la empresa cumpla con sus compromisos”, señalaron los dirigentes que asistieron a la presentación.

La denuncia fue entregada por el Administrador Municipal Juan Carlos Acuña; los Concejales de San Fabián, Jaime Meriño y Juan Quiroga; y los dirigentes comunitarios Juan Carlos Bustos y Sergio Sanders.

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Ante aprobación de Central Río Cuervo: Anuncian arremetida para frenar hidroeléctricas en Patagonia Chilena

En conferencia de prensa, los Parlamentarios (PPD) Guido Girardi y Enrique Accorsi junto a los abogados de la Corporación FIMA, Ezio Costa y Diego Lillo, y el secretario ejecutivo del Consejo de Defensa de la Patagonia (CDP), Patricio Rodrigo, alertaron sobre los altos riesgos sociales y ambientales del Proyecto Hidroeléctrico Río Cuervo de Energía Austral -recientemente aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén- anunciando que se prepara una arremetida legal, ciudadana y parlamentaria que paralice este tipo de emprendimientos en la zona.

El senador Girardi lamentó que “se impongan las lógicas de rentabilidad, aumentando la concentración y monopolio del sector eléctrico, lo que tiene de rodillas al país, porque este es un mal proyecto para Chile”. “Tenemos una autoridad ambiental que está de rodillas y es servil, dispuesta a cometer fraudes ambientales como lo hizo con HidroAysén, Castilla y Pascua Lama (…) que no está permitiendo que exista desarrollo sustentable y un equilibrio adecuado entre los poderes económicos y las comunidades, que no tienen como defenderse” puntualizó el parlamentario.

Ante ello y escuchando las demandas de la ciudadanía y de los sectores productivos, el diputado Enrique Accorsi anunció la elaboración de un estatuto especial que proteja la zona de mega proyectos destructivos y, que a su vez, permita el desarrollo de actividades compatibles con el patrimonio ambiental, y de esta manera se evite estar luchando proyecto a proyecto.

El abogado de Fima, Ezio Costa cuestionó que los estudios geológicos solicitados a Energía Austral, mediante un recurso de protección presentado por Fima el año 2012, se hayan presentado en su totalidad “La corte se refiere a una resolución de Sernageomín que solicita 3 estudios distintos y Energía Austral solo presentó uno y en eso creemos que hay una primera ilegalidad”. El jurista indicó además que en el proceder del SEA Aysén se vulneró el espíritu la evaluación ambiental y la lógica de política pública, por cuanto las autoridades declararon que este proyecto no va a aumentar las posibilidad de un terremoto, sin embargo, “es un hecho innegable que se van a producir nuevos sismos o terremotos en la zona de la falla Liquiñe-Ofqui, donde se emplazaría Río Cuervo, y los daños que se pueden provocar en la ciudad de Puerto Aysén son muchísimos más graves que los que se provocarían sin estas centrales.”

Finalmente, el secretario ejecutivo del CDP, Patricio Rodrigo, expresó que la aprobación de un proyecto de represas tan o más nefasto en lo ambiental que HidroAysén, situado sobre una falla geológica activa, que inundaría 13 mil hectáreas de dos lagos prístinos y humedales, ha sido un golpe a la Patagonia, poniendo en riesgo la vida de ayseninos”. ”Patagonia Sin Represas en este caso dará el mismo tratamiento que se le ha dado a HidroAysén, realizando todas las acciones legales, internacionales, políticas y de activación social para que la ciudadanía tome conciencia y el Gobierno sepa que se equivocó” puntualizó Rodrigo.

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Corte de Apelaciones Desconoce Derecho Constitucional de Vecinos

La Constitución Política de la República, creó el recurso de protección teniendo por objeto que las Cortes conozcan de los actos u omisiones ilegales que quebranten derechos fundamentales protegidos por nuestra constitución.

Con fecha 28 de Mayo en causa ROL 26.994-2013, la Corte de Apelaciones de Santiago, declaró inadmisible el recurso de protección presentado por los vecinos de la

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Comuna de Lo Espejo y la Fiscalía del Medio Ambiente, en contra la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto «Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago – Rancagua» que presentó EFE.

En su sentencia, la I. Corte señala que los hechos descritos “… sobrepasan los márgenes del recurso interpuesto, toda vez que las materias planteadas deben ser ventiladas en el procedimiento contenido en la Ley 20.600, ante el Tribunal Ambiental creado especialmente al efecto“.

Esta resolución, contraviene lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, que crea el recurso de protección teniendo por objeto que las Cortes conozcan de los actos u omisiones ilegales que quebranten derechos fundamentales protegidos por nuestra constitución, señalando “… sin perjuicio de los demás derechos que pueda hacer valer ante la autoridad o los tribunales correspondientes”.

Lo anterior reviste aún más gravedad, dado que la Ley Nº 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, no considera ninguna acción que tenga una finalidad similar al recurso de protección, dejando un vacío de justicia para quienes enfrenten este tipo de irregularidades.

Proyecto de EFE

Con fecha 24 de Mayo 2013, FIMA junto con los vecinos de Lo Espejo, presentó un recurso de protección contra la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto «Mejoramiento Integral de la Infraestructura Ferroviaria Tramo: Santiago – Rancagua» de EFE.

Dicho proyecto, que forma parte de un plan mayor denominado «Rancagua Xpress», implicará el aumento en la frecuencia (al menos 1 cada 4 minuto) y velocidad de los trenes, los cuales pasarán a solo 8 metros de las casas de los vecinos. Esta ampliación, provocará fuertes ruidos y vibraciones, segregando las comunas, y afectando el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, el derecho a la vida, a la integridad física y psíquica, y finalmente el derecho de propiedad de sus vecinos.

Lo anterior, es aún más grave, ya que en su presentación, EFE incurrió en importantes ilegalidades, puesto que como la misma empresa reconoce, fraccionó el proyecto, pues se trataría de un subproyecto de «Rancagua Xpress». Al hacer esto, la presentación ingresó al SEIA como Declaración de Impacto Ambiental, siendo que debió hacerlo por Estudio de Impacto Ambiental, toda vez que generará graves consecuencias ambientales y sociales, al existir: reasentamiento de comunidades humanas, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres, y riesgos a la salud de las personas. Ninguno de esos impactos fue evaluado ni considera medidas de compensación, reparación o mitigación para las personas y comunidades afectadas.

En conclusión, resulta particularmente grave que la Corte de Apelaciones de Santiago, por el hecho de existir una ley especial, declare inadmisible acciones de protección. De esta forma, la I. Corte, está contraviniendo lo ordenado por nuestra constitución, en la que se expresa claramente su obligación de conocer las causas de su competencia.

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FIMA presenta reclamación para proteger el río Achibueno

La reclamación busca revertir la calificación favorable que el Servicio de Evaluación Ambiental y el Consejo de Ministros, otorgó al proyecto Hidroeléctrico Achibueno, de propiedad de la empresa Hidroeléctrica Centinela S.A. La acción fue hecha en el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, a nombre de Oscar Spichiger, quién es uno de los ciudadanos que formó parte del proceso de participación ciudadana en oposición al proyecto.

Esta iniciativa, responde a las resoluciones que modificaron la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto en octubre 2012, y que a pesar de reconocer vicios de la Evaluación Ambiental llevada a

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cabo por el SEA, modifica la RCA, pero en ningún caso corrigió dichos vicios y, más aún, decide favorablemente en base a dos informes solicitados al Ministerios de Medio Ambiente y a la Dirección General de Aguas, en que ambos organismos se manifiestan disconformes con lo resulto en primer término por el SEA.

Por su parte, la Fiscalía del Medio Ambiente, FIMA, se encuentra estudiando nuevas vías de impugnación, mientras se resuelven las reclamaciones que están aún pendientes.

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Caso Alumysa 2002- 2004

Desde principios de la década del ’90 la empresa canadiense Noranda viene desarrollando un proyecto para la construcción de una planta productora de aluminio y tres grandes represas en la costa de la región de Aysén.

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Caso Trillium I y II

Caso Trillium I Frente al proyecto forestal “Río Condor” de la empresa Trillium y a su aprobación por parte de la COREMA XII Región, FIMA presentó un recurso de protección ante la I. Corte de Apelaciones de Punta Arenas -representando a la Fundación “Educación Ciencia y Ecología” y varias personas naturales-, el cual fue rechazado. Sin embargo el 19 de marzo de 1997 esta sentencia que fue revocada por la Excma. Corte Suprema, sentando una de las más importantes jurisprudencias respecto de la legitimación activa de todos los ciudadanos para recurrir de protección

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y defender el medio ambiente. Caso Trillium II En Julio de 1998, en representación de las organizaciones Greenpeace Pacífico Sur y Defensores del Bosque, FIMA presentó tres recursos de protección en contra de la aprobación ambiental de la CONAMA al segundo estudio de impacto ambiental presentado por Forestal Trillium, relativo al proyecto “Río Cóndor” de corta de los bosques de lenga de Magallanes. Para descargar: ]]>

Caso Celco Valdivia

FIMA y el Comité Pro Defensa de la Fauna y la Flora buscaban frenar la autorización de la COREMA X Región para la instalación de una planta de celulosa de CELCO en la comuna de San José de la Mariquina.

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