Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Fernando Dougnac y Ezio Costa por FIMA, Gabriela Burdiles quien en esta ocasión acudió en representación de la Clínica de Derecho Ambiental de la UDP y Yesenia Monsalve en representación de la Municipalidad de Tocopilla. Por la parte recurrente, alegó el abogado del CDE Ruben Saavedra F.
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A juicio de los demandantes, el SEA debió aceptar a trámite la Reclamación contra los vicios en la autorización del proyecto, debido a que esta se presentó dentro del plazo de dos años de caducidad que la ley establece para su admisibilidad.
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Para los reclamantes, el proyecto fue aprobado con evidentes vicios procedimentales, entre los que destacan que debió haber ingresado al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) mediante un Estudio de Impacto Ambiental, lo cual habría requerido de un proceso de participación ciudadana. Sin embargo, la modificación ingresó al SEIA mediante Declaración de Impacto Ambiental (DIA), que no asegura ningún tipo de consulta.
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La acción se funda en que el SEA aprobó un proyecto viciado por la falta de información relevante para la línea de base del proyecto, incurriendo en ilegalidades manifiestas a la ley 19.300.
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A juicio de los abogados, la aprobación ambiental de este proyecto constituye una amenaza a las garantías constitucionales de los habitantes de Puerto Aysén, poniendo en riesgo su derecho a la vida, por lo que era necesario que el máximo tribunal del país se refiriera a esta problemática. Pese a esto, en su fallo los ministros de la Tercera Sala; Rubén Ballesteros, Pedro Pierry y Rosa Egnem, junto a los abogados integrantes Arnaldo Gorziglia y Arturo Prado, interpretaron que corresponde al Tribunal Ambiental resolver estas materias.
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- Los afectados alegan en la presentación, EFE incurrió en importantes ilegalidades al fraccionar el proyecto de manera de presentarlo ante el SEIA separado del plan integral Rancagua Express.
El viernes se verá esta causa que busca cambiar la Declaración de Impacto Ambiental presentada por un Estudio de Impacto Ambiental, donde se evalúen los reales efectos que tendrá en la población el transito de trenes de alta velocidad, cada 4 minutos a 8 metros de sus casas.
Por parte de los recurrentes alegará la abogada Gabriela Burdiles de la Corporación FIMA, ONG que patrocina la causa.
El proyecto que se emplazará en 13 comunas (9 de la Región Metropolitana y 4 de la Sexta), siendo las más afectadas San Bernardo, Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda y El Bosque, tiene a los vecinos de estas 4 últimas muy preocupados, pues de llevarse a cabo el proyecto, su calidad de vida se vería reducida considerablemente debido al ruido de los trenes, la vibraciones que estos producen y el temor ante cualquier accidente que pudiera ocurrir a solo metros de sus viviendas.
Lo anterior se suma a que en la presentación del proyecto, EFE incurrió en importantes ilegalidades al fraccionar el proyecto de manera de presentarlo ante el SEIA separado del plan integral Rancagua Express, y de esta forma, solo tuvo que realizar una Declaración de Impacto Ambiental en vez de un Estudio de Impacto Ambiental, como corresponde a una intervención de estas dimensiones.
]]>Corte de Apelaciones fija para el lunes 23 alegatos que definirán el futuro de represa Río Cuervo
Para las 10 de la mañana citó tribunal de alzada a los abogados de las partes: el gobierno y más de 80 vecinos que argumentan que la resolución de calificación ambiental que aprobó la iniciativa en septiembre vulnera derechos constitucionales a la vida y la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, y el de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Para el lunes 23 de diciembre a primera hora la Corte de Apelaciones de Coyhaique fijó los alegatos en que el gobierno y ciudadanos y organizaciones sociales de la región de Aysén y el país enfrentarán sus posturas por el proyecto de represa río Cuervo de Energía Austral.
El tribunal de alzada paralizó el 25 de octubre la tramitación de la iniciativa al decretar una orden de no innovar, luego que el 17 un grupo de vecinos de Puerto Aysén y Coyhaique presentaran un recurso de protección contra la aprobación del proyecto por la Comisión de Evaluación Ambiental regional el 10 de septiembre. Sus argumentos se sustentan en que la resolución de calificación ambiental vulnera garantías constitucionales como el derecho a la vida y la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, y el de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
En total fueron más 80 los vecinos que se hicieron parte del recurso, patrocinado por la ONG Corporación FIMA y con el apoyo local del abogado Rodrigo de los Reyes
La vulneración de derechos constitucionales del recurso actual estarían asociados a irregularidades en el proceso de evaluación, los riesgos que implicaría levantar un embalse de 13 mil hectáreas sobre una falla geológica activa y en un área rodeada de volcanes, y la pérdida de ecosistemas únicos no intervenidos, entre otros aspectos.
Los alegatos son abiertos al público, por tanto desde la Coalición Ciudadana por Aysén Reserva de Vida invitaron a los ciudadanos interesados en conocer los fundamentos en discusión a concurrir ese día a partir de las 10 de la mañana a la Corte de Apelaciones de Coyhaique (Baquedano 182).
En 2012 la Corte Suprema ya había declarado ilegal una primera aprobación de la Comisión de Evaluación Ambiental de Aysén, de mayo de ese año, obligando al gobierno requerir a la empresa diversos estudios geológicos asociados a la falla Liquiñe-Ofqui, sobre la cual se pretende levantar la presa y el embalse.
Litigación
FIMA litiga en pos del interés público y de las comunidades en los principales conflictos socio-ambientales de Chile.
Entre otros, FIMA ha sido parte de los casos Río Cuervo, Hidroaysén, Celco Valdivia, Celco Nueva Aldea, Alumysa, Trillium, Cascada Chile, Alto Maipo, Termoeléctrica Los Robles, Contaminación con Plomo y Arsénico en Arica, y defensa de las cuencas de los ríos Puelo y Achibueno.
]]>Corte de Apelaciones de Arica deja sin efecto autorización otorgada por el SEA a Proyecto Los Pumas
En un categórico fallo, el tribunal regional ordenó la revocación de la autorización otorgada al proyecto minero que se instalaría en el Valle de Lluta y que afectaría al Parque Nacional Lauca y la vida de las comunidades Aymaras del sector.
La Corte de Apelaciones de Arica acogió los argumentos del Recurso de Protección escrito y patrocinado por la Corporación FIMA en representación del Consejo Autónomo Aymara, la Junta de Vigilancia del Río Lluta y otras organizaciones aymaras, quienes acudieron a la ONG al verse afectados por la autorización que el Servicio de Evaluación Ambiental de Arica y Parinacota otorgó para la instalación del Proyecto Los Pumas para la extracción de Manganeso.
En su fallo, los ministros reconocen que la autorización de la autoridad ambiental para la instalación del tranque de relaves, afecta la seguridad y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación de los vecinos. En la sentencia, también se admite que el Servicio otorgó la autorización en base a una normativa que no está vigente, y que las medidas propuestas por la empresa pueden terminar en la contaminación de las napas, afectando el derecho de propiedad de los habitantes quienes podrían ver afectada la ganadería y agricultura y que es su única fuente de sustento.
“Era algo que esperábamos, especialmente después de que la misma corte hubiese declarado la paralización del proyecto hasta que se vieran los alegatos del recurso. Esperamos que ahora se establezcan las medidas necesarias para que este tipo de proyectos extractivos se vean
Por otra parte, en el fallo también se hace referencia a la inexistencia en el Estudio de Impacto Ambiental de los efectos que la intervención del tránsito de camiones de alto tonelaje tendría sobre la biodiversidad del Parque Nacional Lauca (Reserva de la Biósfera de la Unesco), el cual es una zona protegida y con especies únicas en el mundo como es la Yareta. La sentencia cita el escrito de los recurrentes señalando que esta intervención implicará “un impacto negativo de alta magnitud e importancia mayor no reversible, con un tiempo de duración de largo plazo y un tiempo de ocurrencia de corto plazo”.
Por último, la Corte está
Corte de Apelaciones de Coyhaique declara admisible Recurso de Protección contra Central Río Cuervo y decreta orden de no innovar
El Dínamo La Corte de Apelaciones de Coyhaique declaró admisible el recurso de protección que ya más de 60 vecinos de Coyhaique y Puerto Aysén han presentado durante los últimos días en contra de la resolución de la Comisión de Evaluación de la región de Aysén que el pasado 10 septiembre de este año aprobó el proyecto río Cuervo de Energía Austral. En la resolución, fechada el 24 de octubre, se decretó una orden de no innovar, con lo cual paralizó la tramitación del estudio, y pidió al gobierno entregar un informe relacionado con los fundamentos del recurso. Para ello le dio un plazo de ocho días, contados desde el jueves último. “Que la corte haya declarado admisible el recurso y que, más aún, haya dictaminado orden de no innovar da cuenta que para los magistrados el fondo del recurso tiene sustento como para acogerlo a tramitación. Es decir, consideran que existen motivos para pensar que el proyecto pone en riesgo los derechos a la vida y la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, y el de vivir en un medio ambiente libre de contaminación” señalaron desde la Coalición Ciudadana por Aysén Reserva de Vida. Junto a decenas de pobladores la organización impulsa la presentación legal a nivel local, para lo cual contado con el apoyo de la Fiscalía del Medio Ambiente y el abogado regional Rodrigo de los Reyes. Algunos de los fundamentos en los que se sustentan estas vulneraciones constitucionales se remiten airregularidades en el proceso de evaluación, los riesgos que implicaría levantar un embalse de 13 mil hectáreas sobre una falla geológica activa (río Cuervo, vinculada a la Liquiñe-Ofqui) y en un área rodeada de volcanes, y la pérdida de ecosistemas únicos no intervenidos. Radio Santa María [youtube]https://www.youtube.com/watch?v=9Sy0BRzD-DI[/youtube]]]>