El Tercer Tribunal Ambiental dio la razón a la comunidad en la reclamación interpuesta en contra de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) por no sancionar a la empresa al eludir someter su proyecto a evaluación ambiental
La Central Hidroeléctrica Los Maquis propiedad de Edelaysén, comenzó su construcción sin resolución de calificación ambiental (RCA) a principiso del año 2020 en la comuna de Chile Chico, en la Zona de Interés Turístico Chelenko. Ante esto y debido las denuncias ciudadanas coordinadas a través de la Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén (CODESA), con el patrocinio del abogado Rodrigo Meneses del estudio LAWen y el apoyo de ONG FIMA, la autoridad ambiental fue obligada por el Tercer Tribunal Ambiental a solicitar en junio de 2021 que el proyecto ingresara a de evaluación ambiental. Sin embargo, en esa misma instancia, la SMA decidió no sancionar a la empresa por haber comenzado a operar sin contar con los permisos que la ley 19300 de Bases del Medio Ambiente exige.
“Esta sentencia marca un gran precedente, porque no puede ser inocuo para los titulares de los proyectos el iniciar sus operaciones sin contar con la debida evaluación ambiental”, señala Sofía Barrera abogada de ONG FIMA.
La especialista en derecho ambiental explica, “aquí son varias cosas en las que el Tribunal es contundente en su fallo, por un lado, que eludir el Sistema de Evaluación de impacto Ambiental (SEIA) es una infracción que puede ser calificada como grave o gravísima, dependiendo del daño que se genere. Segundo, que se construyó un proyecto distinto al que fue presentado originalmente en la consulta de pertinencia al SEIA. Y tercero, que las obras y sus impactos son permanentes”.
Por su parte, desde CODESA, su presidente y asesor legal de los requirentes, Erwin Sandoval, indicó que “ciertamente celebramos el fallo del Tercer Tribunal Ambiental, que reconoce nuevamente las ilegalidades cometidas por la Superintendencia del Medio Ambiente al abordar las infracciones de Edelaysén en la construcción de su proyecto hidroeléctrico Los Maquis”. Sin embargo, agregó que “debemos manifestar nuestra preocupación, y que nos resulta del todo incomprensible, que teniendo todos los antecedentes del caso, a tres años la SMA aún no inicie procedimiento sancionatorio en contra de esta titular de un proyecto que construyó de manera ilegal la central hidroeléctrica, no en cualquier territorio, sino que al interior de un área puesta bajo protección oficial”.
Así mismo, para Cristóbal Weber, vecino de la localidad y uno de los firmantes del requerimiento, es de esperar que ahora la Endelaysén ingrese el proyecto Central Los Maquis con un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y no por Declaración de Impacto Ambiental (DIA)
“No podemos permitir que empresas vengan a desarrollar proyectos de forma ilegal, y luego éstas no reciban ninguna sanción, sino solo que ingresen su proyectos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, porque entonces estamos incentivando a los desarrolladores que hagan lo que quieran sin cumplir la ley ambiental” puntualizó.
A partir del fallo del Tribunal Ambiental de Valdivia la Superintendencia del Medio Ambiente debe dictar una nueva resolución, debidamente fundada, donde considere los hechos del caso como antesala a un proceso sancionatorio.