El día 16 de agosto del año 2000, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt notificó su decisión sobre los recursos interpuestos en contra del proyecto Cascada Chile. La sentencia, de más de cien páginas desechó los recursos por el voto de dos de los tres ministros que debían resolver el caso, y dejó sin efecto la orden de no innovar que habían logrado los recurrentes. En la parte en que la sentencia desecha los recursos, lamentablemente, se fundamenta en múltiples errores de hecho, entre ellos se estimó que el proyecto no debía cuantificar sus efectos sobre el bosque nativo, por cuanto eso correspondería a otro proyecto diferente a ejecutarse, lo que es absolutamente falso. Asimismo, se declara que no se probó que la planta sea dañina para la existencia y salud de las personas, lo que estimamos contradictorio con que los mismos ministros señalan que es un hecho que utiliza como materia prima el recurso forestal, que causa impacto ambiental y que su impacto más significativo recae sobre el bosque nativo. Ahora lo bueno. En contraste con el voto de mayoría, el dictamen de uno de los jueces es que de los tres recursos interpuestos, dos de ellos deben ser acogidos (uno de ellos fue presentado por FIMA el 26 de marzo de 1999), por cuanto se afectó el derecho constitucional de los habitantes a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. El fallo de minoría da por establecido: 1) que la planta de paneles de Cascada Chile, producirá un impacto indirecto en el bosque nativo de la región, de tal magnitud que, sin duda, alterará el medio ambiente y la biodiversidad; 2) que el Estudio de Impacto Ambiental, debió considerar
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la Línea de Base (establecer qué recursos componen hoy en día el hábitat de la región) y al no hacerlo, la resolución de la Comisión Regional del Medio Ambiente X Región de Los Lagos, que calificó favorablemente el Proyecto Cascada Chile, es arbitraria e ilegal por cuanto no se cumplían las condiciones requeridas por la ley para su aprobación;
3) que conforme a la ley, el proyecto no puede ejecutarse sin una Evaluación de Impacto Ambiental que incluya la línea de base que describa el área de influencia del proyecto en el bosque nativo. Tales argumentos fueron la base del recurso de protección interpuesto por FIMA.
El día 21 de agosto de 1999, fueron presentados cuatro recursos de apelación patrocinados por Fernando Dougnac, Lorenzo Soto, Miguel Fredes y José Pinochet (los cuatro abogados integrantes del staff designado por FIMA para el caso Boise Cascade Chile) en representación de diferentes personas naturales. Todos los recursos deberán ser resueltos por la Corte Suprema a quien se solicitó reemplazar la sentencia de mayoría por el voto de minoría y se espera que la sentencia de la Corte Suprema puede ser dictada dentro de un plazo de dos meses.
José Ignacio Pinochet, Abogado
Notas de prensa relacionadas al caso:
Acusan al gobierno por proyecto Boise Cascade – El Mercurio 28.06.00
FIMA presentó reclamo contra Boise Cascade – Estrategia 29.06.00
Gobierno debera pronunciarse sobre proyecto Boise Cascade – El Diario de Aysén 03.07.00
Proceso contra Boise Cascade – El Metropolitano 12.07.00]]>